Preguntas frecuentes
¿Qué actuaciones pueden generar CAE?
Los Certificados de Ahorro Energético (CAE) se generan cuando se realizan mejoras en la eficiencia energética, ya sea en el ámbito industrial, comercial, residencial o incluso en la movilidad.
Estas actuaciones deben cumplir con ciertos requisitos técnicos y ser verificadas por organismos competentes. Pueden ser estandarizadas cuyo listado completo está recogido en el listado que puedes consultar aquí (por ejemplo, instalación de tecnologías LED de bajo consumo, renovación o sustitución de ventanas, aislamiento térmico de edificios o sustitución de una caldera de gas por una solución de aerotermia) o singulares (aquellas más complejas o particulares, no incluidas en el catálogo).
¿Qué agentes intervienen en el Sistema CAE?
- Sujetos obligados: son las empresas energéticas (comercializadoras de gas y electricidad y operadores al por mayor de productos petrolíferos y GLP) que están obligadas a conseguir una cantidad de ahorro energético al año. Estas empresas pueden cumplir su obligación pagando al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (gestionado por el IDAE y cuyos fondos se destinan a líneas de ayudas a este tipo de proyectos) o bien liquidando CAE (que generen ellas mismas o que consigan en el mercado).
- Sujetos delegados: son empresas que pueden ayudar a los sujetos obligados a conseguir CAE, comprometiéndose con éstos a liquidar una cantidad determinada de CAE en su nombre cada año.
- Propietario del ahorro: originalmente, es la persona que ha llevado a cabo la inversión de una actuación de eficiencia energética susceptible de generar ahorros transformables en CAE. La propiedad de los ahorros se puede ceder a un tercero a cambio de una contraprestación.
- Usuario final: es la persona que obtiene un impacto positivo de la actuación de eficiencia, y suele coincidir con el propietario original del ahorro.
- Verificador de ahorro energético: es la entidad acreditada por ENAC que revisa que la actuación se ha realizado, que la documentación es correcta y que se han conseguido los ahorros de energía declarados.
También forman parte, representando a la Administración, los Gestores Autonómicos y el Coordinador Nacional del Sistema de CAE.
¿Una instalación de energía fotovoltaica genera CAEs?
No. A pesar de ser una fuente de energía renovable ampliamente utilizada, la energía fotovoltaica no reduce el consumo y, por tanto, no genera CAEs.
¿Los CAE aplican en obra nueva?
No. Los CAEs se basan en una reducción del consumo respecto a una situación previa. En obra nueva, no hay un consumo anterior que se pueda comparar por lo que es imposible certificar ese ahorro.
¿Desde cuándo se pueden solicitar los CAE?
Para solicitar un CAE es necesario que la actuación en la eficiencia energética haya comenzado después del 26 de enero de 2023. Tendrán una validez de tres años contados desde la fecha en la que finalizó la ejecución de la actuación generadora del ahorro de energía (momento en el que se empieza a generar el ahorro), o bien hasta el 31 de diciembre de 2030 (inclusive), lo que suceda antes.
¿Los CAE son compatibles con otras subvenciones?
Con carácter general, la financiación de actuaciones de eficiencia energética cuyos ahorros terminen convertidos en CAE será compatible con programas públicos de ayuda o de subvenciones, excepto aquellos financiados con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).
También son compatibles con las deducciones fiscales (territorio común) y la obtención de éstas no aminora la base de deducción. En las subvenciones se incentiva un % de la inversión. Los CAE son independientes del coste de la inversión e incentinvan el ahorro generado por esta. Hay actuaciones en que el importe obtenido por los CAE puede ser mayor al coste de la inversión.